ASAMBLEAS VIRTUALES PARA CONDOMINIOS

¿Sabías que a principios del año 2020 la contingencia por Covid-19 impidió a la mayoría de los propietarios de los condominios de todo el país se reunieran para celebrar sus asambleas generales?

Esta falta de reuniones tuvo como consecuencia que los condominios, se les dificultara el cobro de cuotas ordinarias y extraordinarias, rendición de cuentas de los órganos de administración, evitar sancionar a los condóminos morosos, entre otras situaciones que afectaban la continuidad de las operaciones ordinarias, que en un mediano o largo plazo, derivan en un detrimento del valor de los inmuebles que conforman los condominios.

Países como Colombia, España, Chile, Argentina, pudieron celebrar sus reuniones, gracias a que se regularon las asambleas virtuales, que permiten a los propietarios reunirse remotamente a través de medios electrónico, y con ello participar y votar de forma segura y valida.

En México, solamente en el Estado de Quintana Roo y recientemente en la Ciudad de México, a partir del 23 de febrero del 2021, los integrantes de un condominio pueden celebrar las asambleas generales de manera virtual, sin juntarse físicamente en un mismo sitio, y a través de medios electrónicos, sin riesgos de contingencias, y totalmente legales.

¿Qué es una asamblea?

Órgano supremo del condominio, conformada por la reunión general de los propietarios de inmuebles que conforman el mismo condominio, así como sus respectivas áreas comunes, celebrada conforme a la ley y sus estatutos, que comparecen en la fecha, hora y domicilio señalados en las respectivas convocatorias, con el fin tratar, discutir, resolver y ratificar todos los actos, operaciones y resoluciones de sus órganos de representación.

¿Qué es una Asamblea Virtual?

Órgano supremo del condominio, conformada por la reunión general de los propietarios de inmuebles que conforman el mismo condominio, así como sus respectivas áreas comunes, situados en diferentes puntos geográficos, cuya celebración y comparecencia lo efectúan en la misma fecha, hora y enlace o dirección electrónica señalados en las respectivas convocatorias y a través de medios de telecomunicación, con el fin tratar, discutir, resolver y ratificar todos los actos, operaciones y resoluciones de sus órganos de representación.

Ventajas de una asamblea virtual

  • Puedes ser citado o convocado para asistir de forma remota a las asambleas mediante notificaciones electrónicas.

  • Puedes ahorrar tiempo y dinero en los traslados para asistir a las asambleas, pudiendo presenciar y votar en las reuniones a través de medios electrónicos.

  • Es una forma segura de presenciar y votar en reuniones, sin riesgos de acudir físicamente.
  • Ayudan en continuar con las decisiones y operaciones de los órganos de administración, para rendir cuentas a los condóminos, sin necesidad de interrumpir o postergar las reuniones.
  • Para los condóminos extranjeros, ayudan a facilitar su participación en las reuniones virtuales, sin necesidad de hacer traslados y gastos innecesarios para acudir a este tipo de reuniones.

  • Pueden compartirse documentación y firmar de manera electrónica, de forma completamente legal.

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